Miércoles, 22 Mayo 2013
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Estatutos de la Asociación FAMSI

martes, 31 de octubre de 2006


ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN “FONDO ANDALUZ DE MUNICIPIOS PARA LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL”

Los presentes Estatutos de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional (FAMSI) han sido modificados en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, celebrada el día 26 de octubre de 2011, quedando redactados de la siguiente forma:

Estatutos (PDF)

CAPÍTULO 1 Disposiciones generales

Artº 1º.- DENOMINACIÓN Y NATURALEZA:
Con la denominación de ASOCIACIÓN FONDO ANDALUZ DE MUNICIPIOS PARA LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL, se constituyó en la localidad de Córdoba, en la provincia de Córdoba, el día 19 de enero de 2000, una entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, reguladora de las Asociaciones. La Asociación se rige por lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación aquélla, así como las disposiciones normativas concordantes. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos, adaptados a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera de la misma, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día indicado en el certificado que, como documento anexo, se acompaña al final de estos Estatutos.

Artº 2º.- PERSONALIDAD Y CAPACIDAD:
La Asociación constituida tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

Artº 3º.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO:
La Asociación que se crea tiene nacionalidad española.

El domicilio social de la Asociación radicará en la calle Morería, nº2, 1ª planta, de la localidad de Córdoba, provincia de Córdoba.

El cambio de domicilio, siempre dentro de la Comunidad Andaluza, requerirá acuerdo de la Asamblea General (a partir de ahora AG), convocada específicamente con tal objeto, y la modificación de los presentes Estatutos.

La Junta Directiva podrá acordar el traslado temporal del domicilio social hasta que se produzca el acuerdo de la Asamblea General, en un plazo no superior a tres meses.

El acuerdo de la Asamblea General deberá ser comunicado al Registro de Asociaciones en el plazo de un mes, y sólo producirá efectos, tanto para los asociados como para los terceros, desde que se produzca la inscripción.

Artº 4º.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN:
El ámbito territorial de acción de la Asociación es la Comunidad Andaluza.

Artº 5º.- DURACIÓN:
La Asociación se constituye por tiempo indefinido.



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